miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº3686

Economía | 1 ago 2017

Desde este martes 1 de agosto

Efectivo cero: La AFIP ya exige el pago electrónico de los impuestos

La medida incluye anticipos y declaraciones de Ganancias y Bienes Personales, cuotas de autónomos (categorías II y II), IVA, seguridad social. Los monotributistas de las categorías más bajas, tienen unos meses más de tolerancia.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza en la “despapelización”, lo que le permite seguir el rastro de las operaciones de cada contribuyente.

En este sentido, estableció desde este martes 1 de agosto la campaña “Efectivo cero”, mediante la cual todos los pagos de obligaciones tributarias deben realizarse por medios electrónicos.

La medida incluye anticipos y declaraciones de Ganancias y Bienes Personales, cuotas de autónomos (categorías II y II), IVA, seguridad social.

Cabe destacar que en el caso del Monotributo, los de las pequeñas categorías A, B y C recién estarán obligados a partir de noviembre.

Los contribuyentes pueden utilizar las siguientes opciones: débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta bancaria, pago con tarjetas de crédito o débito, generación del volante electrónico de pago (VEP).

Para realizar el pago de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, el contribuyente deberá utilizar la transferencia electrónica de fondos, mediante las siguientes opciones:

---) Débito automático, pago telefónico o por internet, con tarjeta de crédito.

---) Débito en cuenta, a través de cajeros automáticos.

---) Débito directo en cuenta bancaria, previa adhesión al servicio solicitándolo telefónicamente o personalmente en tu banco.

---) Pago electrónico, utilizando tarjetas de crédito y/o débito.

---) Cualquier otro medio de pago electrónico regulado por el Banco Central.

---) Débito en cuenta en pesos.

---) Cheque común en pesos, emitido por el titular de la obligación que se cancela a la orden del banco recaudador.

---) Entidades habilitadas por la AFIP

---) Cheque de pago financiero en pesos.

---) Cheque cancelatorio en pesos.

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