viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3688

Economía | 9 ago 2020

Opinión

La tercera reestructuración de deuda

Por tercera vez en la historia, un gobierno peronista encara un proceso de reestructuración de deuda pública en default heredada de gobiernos no peronistas que lo precedieron.


En columnas anteriores reseñamos los dos procesos previos de la historia reciente. El primero de ellos, la reestructuración de deuda generada por la dictadura cívico-militar y en cesación de pagos desde 1988, que ejecutó el gobierno del presidente Menem en el marco de lo que se conoció como “Plan Brady”, que abrió las puertas al proceso de reformas de mercado en el marco del Consenso de Washington, pero que también aseguró la década de la Convertibilidad. El segundo fue el desarrollado durante los gobiernos de Néstor y Cristina, que reprogramaron la deuda en default en el año 2001, abultada por el Megacanje de la Alianza, en un esquema de fuerte quita de capital a través de los canjes 2005-2010, que consolidaron un proceso de autonomía económica que permitió “La Década Ganada”.

La actual coalición peronista en el gobierno acaba de anunciar el acuerdo alcanzado con los tres grupos principales de tenedores de bonos argentinos (el grupo Ad Hoc, el comité de acreedores y bonistas del canje) para reestructurar la deuda emitida bajo legislación extranjera, por casi U$S 67.000 millones. Este endeudamiento fue contraído en su gran mayoría durante el gobierno de Macri.

La propuesta se centra en tres aspectos:

---) La emisión de doce bonos que prorrogan el grueso de los vencimientos de capital previstos en el lapso 2020-2025 para que comiencen a amortizar a partir del año 2030 y hasta el 2046.

---) La mayoría de los títulos tendrán un rendimiento a tasas variables crecientes que van desde 0,125 % anual hasta un máximo del 5 % anual al acercarse el plazo de extinción del bono. Sólo dos series devengan una tasa de interés fija del 1 % anual en dólares y del 0,5 % anual en euros. Los servicios de intereses se comienzan a abonar en enero 2021.

---) Se convalida la vigencia de la jurisdicción de tribunales en el exterior para los nuevos bonos.

A diferencia de lo ocurrido en los canjes 2005-2010, el peso del acuerdo descansa en disminuir los servicios de intereses de la deuda original, situados en un promedio del 7,5 % anual, al 3,01 % anual, produciéndose un ahorro estimado en torno a los U$S 20.000 millones a consecuencia de la reducción de la tasa de interés. Respecto del capital, el núcleo del acuerdo es estirar los plazos de amortización del mismo pero la quita del stock apenas alcanza el 1,9 %.

La negociación, que llevó cinco meses de tensiones, implicó un paulatino acercamiento entre los reclamos de los bonistas y la oferta inicial argentina. Estas comparaciones se efectúan en base al cálculo de “valor presente neto”, que sería lo que recibiría un tenedor de bonos en el momento presente si se decidiera cancelar la obligación de contado. Los fondos de inversión más duros ubicaron su posición en recibir U$S 70 por cada U$S 100 que ingresaran al canje y la Argentina inició la propuesta con U$S 40 por cada U$S 100 a ser reestructurados. Finalmente, el acuerdo se cierra con un valor presente neto aproximado de U$S 55 por cada U$S 100 del stock de deuda.

De confirmarse la expectativa generada por el acuerdo con este conjunto de acreedores -y la oferta argentina tuviera una aceptación masiva al 28 de agosto (próxima fecha de vencimiento del plazo para ingresar las ordenes de canje), se habría producido un alivio singular en las cuentas externas, creando un horizonte de sustentabilidad de la economía argentina en el próximo lustro, base necesaria para superar los daños provocados por la pandemia.

Según ha estimado la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, de consolidarse la actual propuesta, los desembolsos por amortizaciones de capital e intereses estimados para la próxima década (2020-2030) serán de U$S 42.400 millones, en tanto que, de continuar el actual perfil de deuda, dichas erogaciones llegarían a U$S 72.500 millones. Un ahorro proyectado gracias al actual reperfilamiento de la deuda pública de casi U$S 30.000 millones en el lapso 2020-2030.

Los bonos sujetos al canje propuesto por el Gobierno a los acreedores fueron emitidos bajo dos marcos legales (Indenture) a los cuales se debe recurrir ante eventos que afecten a las series emitidas.

Ello implica dos topes de aceptación de oferta distintos para que entre en vigencia tener la denominada “Cláusula de Acción Colectiva”. Por la misma se entiende el mínimo porcentaje de aceptación de la oferta acordada que se considerará como válido a partir del cual la reestructuración será obligatoria para todos los bonistas que no hayan ingresado al canje, eliminando la posibilidad de litigio.

Los dos porcentajes mínimos de aceptación son:

Los títulos correspondientes a la reestructuración 2005/2010, que se rigen por un marco legal Indenture 2005 requiriendo una aceptación mínima del 85 % por el total del capital agregado y un 67 % por cada una de las dos series ofertadas en el canje.

Los títulos que conforman la mayoría de las series y del capital que fueron lanzados al mercado durante el Gobierno de Macri se rigen por el marco legal Indenture 2016 y necesitan de un mínimo de aceptación del 67% del capital total de las series ofertadas y el 50% en cada una de ellas individualmente.

Alcanzar niveles de aceptación que permitan activar las “Cláusulas de Acción Colectiva” es un tema relevante para proteger la reestructuración de ataques especulativos.

En un mundo golpeado por la pandemia y con un pronóstico de caída del nivel de actividad para el año 2020 del 10 %, más de cincuenta naciones se encuentran en problemas para cumplir sus compromisos financieros. Las “Cláusulas de Acción Colectiva” configuran uno de los temas de tensión entre el capital financiero y las naciones soberanas en proceso de reprogramación de sus deudas. Cuánto más bajo sea el nivel de aceptación requerido para consolidar un canje de bonos, más se facilita que la economía interna de los países se recupere del impacto de la pandemia al no estar sometida a la presión de los acreedores.

Es, en definitiva, compatibilizar activos financieros con la evolución de la economía real, proceso que nuestra Nación llevó adelante en el ciclo 2003-2015.

Sin embargo, Argentina sufrió -al ser confirmados los fallos del juez Thomas Griesa en el año 2014- el impacto del ataque contra la reestructuración de deuda de los canjes 2005-2010, a pesar que dicha oferta tuvo una aceptación del 92,4 % del monto reestructurado y no contaba con un marco legal de protección.

Sin duda, nuevamente nos encontramos en la vanguardia de uno de los debates más trascendentes de la salida de la pandemia: si los activos financieros serán compatibles con el desenvolvimiento de la economía real o si esta última sufrirá el cepo de la especulación. Veremos el desenlace.

Un cierre exitoso del presente proceso el 28 de agosto definirá un escenario en dónde el peso de los servicios de la deuda pública desaparecerá de la agenda inmediata, concentrando los esfuerzos de las políticas públicas en resolver los saldos negativos que arroja la pandemia. Para la mayoría de los agentes económicos, el marco de la estabilidad externa es un impulso para sus decisiones de producción, consumo e inversión. Las empresas comenzarán a elaborar sus planes de negocios para el 2021 atendiendo al programa de gobierno destinado a recuperar la actividad y éste a su vez no se encontrará condicionado por la situación de incertidumbre y desbalance de divisas provocada por la carga de la deuda pública.

Las reestructuraciones de deuda ocurridas durante los gobiernos de Menem y de Néstor y Cristina estabilizaron el horizonte político y económico de esas administraciones a largo plazo signando su rumbo, en el primer caso subordinado a las corrientes internacionales y en el segundo con altos niveles de autonomía soberana. El presente proceso en desarrollo producirá el mismo efecto sobre el actual gobierno de coalición peronista.-

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