viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº3660

Interés general | 26 nov 2019

Proyecto de ley

Pretenden alimentos rotulados con óvalo nutricional en PBA “para que los consumidores sepan qué comen”

Eso quiere el diputado Marcelo Daletto. El óvalo nutricional se incorporaría a los alimentos envasados y no podrá ser inferior al 10 % del envase, “o contener un código QR con la información”.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) El diputado bonaerense Marcelo Daletto presentó un proyecto de ley con el objetivo de rotular los alimentos envasados, elaborados y semielaborados, con un rótulo con el óvalo nutricional –un gráfico que representa la alimentación saludable–, para brindar mayor información a los consumidores.

“El óvalo fue elaborado por la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas teniendo en cuenta los postulados y cuestiones receptadas por la normativa nacional. En nuestro país fue adoptado en el 2000 y reemplazó a la pirámide nutricional que brindaba demasiada información y no contemplaba cuestiones básicas como el consumo del agua”, explicó Daletto.

El legislador oriundo de Chacabuco expresó que “cabe destacar que mediante la Ley 25.724 se creó el Programa de Alimentación y Nutrición Nacional, y allí están las pautas para una alimentación saludable”, y agregó: “En ese marco, en la provincia de Buenos Aires queremos difundir el óvalo nutricional para concientizar a la población y que ésta cuente con mayor información sobre las propiedades de los alimentos”.

“El rótulo del óvalo nutricional en el producto no podrá ser inferior al 10 % del envase y, en caso de que no presente las medidas adecuadas, deberá contener un código QR con la información. Asimismo, en verdulerías, supermercados, hipermercados, almacenes y otros negocios que vendan alimentos deberán exhibir un cartel indicativo del óvalo nutricional a no más de tres metros de sus puertas de acceso”, agregó.

Finalmente, Daletto recalcó que “la Autoridad de Aplicación será la encargada de determinar el diseño de ambos indicadores y quienes no cumplan con lo establecido tendrán prohibido el expendio, distribución y comercialización de los alimentos que no cumplan con lo prescripto”. (ANDigital)

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