sábado 27 de abril de 2024 - Edición Nº3689

Municipios | 7 oct 2015

Prevención

Los gimnasios de La Plata deberán contar con equipos desfibriladores

Así quedó establecido a partir de una ordenanza aprobada en el Concejo Deliberante local. Además, estos locales deberán estar dirigidos por un profesional habilitado y para contar con la habilitación comercial, los responsables deberán realizar y homologar al menos una vez por año la capacitación en reanimación cardiopulmonar.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) El Concejo Deliberante de La Plata aprobó una ordenanza que apunta al resguardo de la salud de los clientes de gimnasios.
La normativa en cuestión establece que los gimnasios que funcionan en la ciudad deben contar con un equipo desfibrilador externo semiautomático, para utilizar en casos de emergencias cardiológicas.

Se trata de un proyecto presentado por el presidente del cuerpo, Pedro Borgini, que determina, además, que estos locales para actividad física deberán estar dirigidos por un profesional habilitado o sea un profesor y/o maestro de educación física.

Además, en otro de los artículos que modifica la ordenanza de habilitación, se prevé que los responsables de los gimnasios deberán realizar y homologar al menos una vez por año la capacitación en reanimación cardiopulmonar (RCP).

“Esta práctica puede salvar una vida y es crucial cuando se está ante una persona inconsciente, que no respira”, explicó Borgini.

Asimismo, indicó que “la muerte puede ocurrir en 8 ó 10 minutos y el cerebro puede sufrir daños irreversibles después de 4 a 6 minutos sin recibir oxígeno”, mientras que precisó que “la mayoría de estos eventos se producen durante o inmediatamente después de haber realizado ejercicio no necesariamente riguroso”. (ANDigital)

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