jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº3659

Policiales y Judiciales | 26 jun 2020

La Plata

Ordenan al Ministerio de Seguridad bonaerense otorgar licencia por maternidad a una madre no gestante

Se trata de una oficial policial, cuya pareja se sometió a un tratamiento de fertilización in vitro para ser mamá. En primera instancia, le había sido negado el beneficio pero lo logró tras el reclamo judicial. Hace un año y medio, se había dado un caso similar en ARBA.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) La Justicia de La Plata ordenó al Ministerio de Seguridad bonaerense otorgar una licencia por maternidad a una oficial de Policía en su carácter de “madre no gestante”.

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 3, Francisco Terrier, hizo lugar a un recurso presentado Melina Martoni y Marina Fernanda Gómez, quienes luego de casi cinco años de estar en pareja fueron madres hace tres meses y originalmente se les negó el derecho de la licencia.

Hay que retrotraerse a diciembre de 2018 para encontrar un antecedente de similares características. En ese caso, el fallo correspondió al Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, también de La Plata, y apuntó a la Agencia de Recaudación de la Provincia.

“El fallo consagra una mirada integral de identidad de género y diversidad familiar y reconoce una licencia igualitaria a la mamá no gestante de una pareja del mismo sexo”, expresó Marina Mazzocchini, abogada de las madres que presentaron el reclamo.

En declaraciones al diario El Día resaltó que “el ofrecimiento que había recibido la solicitante fue el de una licencia por paternidad, algo que por supuesto fue rechazado y nos llevó a presentar el reclamo”.

En su fallo, el juez Terrier le ordena al Ministerio de Seguridad que conceda a la agente de la policía “la licencia por maternidad por el plazo de 90 días con percepción íntegra de haberes, evitando la consagración de un acto absolutamente discriminatorio frente a una madre no gestante, a quien le fue -maliciosamente- otorgada por su empleador la licencia por paternidad”.

Asimismo, expuso que “no puede pretenderse que se otorgue a la accionante una ‘licencia por paternidad’, puesto que no se trata en el caso de autos de una situación de esa naturaleza e implicaría forzar el texto normativo de un modo que no resulta razonable, además de consagrarse un acto de discriminación latente”.

El magistrado también hizo foco en la necesidad que “Legislatura local avance en el dictado de una normativa que contemple esta nueva realidad de conformación familiar y de parentesco de un modo inequívoco, con la finalidad de evitar la reiteración de conflictos de esta naturaleza, así como la disparidad, injustificable, de soluciones que tendrían lugar ante un niño nacido en una pareja de progenitores varones o en pareja heterosexual”. (ANDigital)

LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) La Justicia de La Plata ordenó al Ministerio de Seguridad bonaerense otorgar una licencia por maternidad a una oficial de Policía en su carácter de “madre no gestante”. 
El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 3, Francisco Terrier, hizo lugar a un recurso presentado Melina Martoni y Marina Fernanda Gómez, quienes luego de casi cinco años de estar en pareja fueron madres hace tres meses y originalmente se les negó el derecho de la licencia.
Hay que retrotraerse a diciembre de 2018 para encontrar un antecedente de similares características. En ese caso, el fallo correspondió al Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, también de La Plata, y apuntó a la Agencia de Recaudación de la Provincia.
“El fallo consagra una mirada integral de identidad de género y diversidad familiar y reconoce una licencia igualitaria a la mamá no gestante de una pareja del mismo sexo”, expresó Marina Mazzocchini, abogada de las madres que presentaron el reclamo. 
En declaraciones al diario El Día resaltó que “el ofrecimiento que había recibido la solicitante fue el de una licencia por paternidad, algo que por supuesto fue rechazado y nos llevó a presentar el reclamo”.
En su fallo, el juez Terrier le ordena al Ministerio de Seguridad que conceda a la agente de la policía “la licencia por maternidad por el plazo de 90 días con percepción íntegra de haberes, evitando la consagración de un acto absolutamente discriminatorio frente a una madre no gestante, a quien le fue -maliciosamente- otorgada por su empleador la licencia por paternidad”.
Asimismo, expuso que “no puede pretenderse que se otorgue a la accionante una ‘licencia por paternidad’, puesto que no se trata en el caso de autos de una situación de esa naturaleza e implicaría forzar el texto normativo de un modo que no resulta razonable, además de consagrarse un acto de discriminación latente”.
El magistrado también hizo foco en la necesidad que “legislatura local avance en el dictado de una normativa que contemple esta nueva realidad de conformación familiar y de parentesco de un modo inequívoco, con la finalidad de evitar la reiteración de conflictos de esta naturaleza, así como la disparidad, injustificable, de soluciones que tendrían lugar ante un niño nacido en una pareja de progenitores varones o en pareja heterosexual”. (ANDigital)

 

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