viernes 03 de mayo de 2024 - Edición Nº3695

Política | 26 may 2016

Traerá cola

Ya rige la polémica ley de Emergencia Administrativa en la Provincia

Fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. La normativa aprobada –con escándalo incluido- en la Cámara de Diputados bonaerense establece una reducción en los plazos de las licitaciones públicas para la adquisición de bienes y servicios de las diferentes áreas del Estado provincial y establece que el organismo contratante deberá solicitar tres ofertas o cotizaciones y luego podrá adjudicarlos.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Ley 14.815 que declara la Emergencia Administrativa y Tecnológica en la provincia de Buenos Aires, impulsada por el Gobierno de María Eugenia Vidal.

La normativa fue aprobada la semana pasada con escándalo incluido y la intención del Poder Ejecutivo es “posibilitar la realización de las acciones tendientes al fortalecimiento y modernización tecnológica de los organismos públicos provinciales para cumplir así con el mandato constitucional de promover el bienestar general”.

Según consta en el Boletín Oficial, “la declaración de emergencia tendrá una duración de un año”, pudiendo ser prorrogada “por única vez por igual plazo en caso de verificarse que las causales que justifican la emergencia no han cesado, previa comunicación a la Comisión Bicameral”.

Cabe reseñar que en la normativa en cuestión se autoriza “a todos los Ministerios, Secretarías y entidades autárquicas, en el marco de sus competencias, a ejecutar las obras y contratar la provisión de bienes y servicios que resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la ley, cualquiera sea la modalidad de la contratación, incluidos los convenios de colaboración con organismos de la Provincia o de la Nación, Municipios, Consorcios de gestión y desarrollo y Cooperativas”.

“El procedimiento de contratación de obras en el marco de la presente emergencia estará sujeto a las disposiciones de la Ley 14.812 de emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos”, se añade.

A estos efectos, se reducirán los plazos de las licitaciones públicas para la adquisición de bienes y servicios de las diferentes áreas del Estado provincial y establece que el organismo contratante de bienes y servicios deberá solicitar tres ofertas o cotizaciones y luego podrá adjudicarlos, previo dictamen de la Fiscalía de Estado que tendrá un plazo de 72 horas para su respuesta.

También se autoriza a los ministros y titulares de órganos descentralizados a contratar a una persona para que preste un servicio determinado sin sujeción a un resultado concreto, siempre que responda a una necesidad de carácter transitorio o estacional debidamente documentada y que por su complejidad o especialización no pueda ser cumplida por personal permanente.

Finalmente permite que la celebración del contrato no genere una expectativa o derecho a prórroga, ni cree una relación laboral de dependencia, y que una vez operado su vencimiento, el contratado deberá finalizar las tareas a su cargo sin derecho a remuneración adicional alguna. (ANDigital)

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