martes 23 de abril de 2024 - Edición Nº3685

Política | 2 ago 2018

Tribunales

La Cámara Electoral deja sin efecto la intervención al Partido Justicialista

Así, se le pone fin al interregno de Luis Barrionuevo al frente del peronismo nacional y el mando vuelve a estar en manos de José Luis Gioja.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) La Cámara Nacional Electoral revocó la intervención judicial al Partido Justicialista, la cual había sido dispuesta por la jueza María Romilda Servini y apelada oportunamente por los apoderados y por el presidente de la fuerza política, José Luis Gioja.

En su sentencia, los jueces de la Cámara, Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera, explican que “la intervención judicial de un partido político es una medida excepcional, que solo se justifica cuando se configura la violación de la ley o la carta orgánica, lo que en el caso no se verifica”.

En este sentido, el fallo comparte la opinión del fiscal de Cámara, que sostuvo que la resolución de intervención “adolece de severos defectos en los presupuestos de fundamentación”, pues “los argumentos de la sentencia, en su totalidad han sido solamente de carácter político y no jurídico”.

Al respecto, se explica, por ejemplo, que “si se estimara relevante la circunstancia de que la agrupación tuviera ‘adversos resultados electorales’ según sugiere la jueza los cómputos de las últimas elecciones presidenciales podrían poner en condición de ser intervenidos a todos los partidos que integraron las cinco alianzas que no resultaron ganadoras en los comicios”.

Por esas y otras razones que exhaustivamente se desarrollan en el fallo, la Cámara decidió dejar sin efecto la intervención decretada.

En cuanto al tiempo que insumió el trámite del proceso judicial, se explica en la sentencia que la causa no estuvo en condiciones de ser resuelta con anterioridad, debido a “las sucesivas presentaciones realizadas por ambas partes”, las cuales “exigieron su previa sustanciación en resguardo del derecho de defensa”.

Con relación a las observaciones y denuncias que se plantearon en dichas presentaciones (por ejemplo, la ausencia de libros partidarios o de información contable) la Cámara señala que existen “circunstancias que determinan a la propia justicia nacional electoral, la obligación de conocer, analizar e investigar”.

Por eso, en su pronunciamiento, decide también instruir a la jueza de primera instancia que “verifique si se dan las circunstancias denunciadas y, de corresponder efectúe la investigación pertinente”. (ANDigital)

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