jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3687

Política | 22 mar 2019

Revés

La Corte Suprema le puso un freno a las re-reelecciones de Casas y Wereltineck

En el caso de La Rioja, el Máximo Tribunal hizo lugar a la acción de amparo iniciada por el radicalismo y el PRO provinciales, declarando la invalidez de la enmienda a los artículos 120 y 171 de la Constitución. De igual modo rechazó la interpretación del artículo 175 como una cuestión provincial en el distrito patagónico.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) La Corte Suprema de Justicia rechazó la posibilidad de que los gobernadores Alberto Weretilneck (Río Negro) y Sergio Casas (La Rioja) vayan por su re-reelección.

En el caso de la provincia patagónica, el Máximo Tribunal rechazó la interpretación del artículo 175 como una cuestión provincial, no convalidando así la habilitación del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a la postulación.

La sentencia se conoció antes del mediodía de este viernes, mientras Weretilneck tenía previsto inaugurar obras en Cipolletti y Catriel.

“La Corte viene fallando las últimas oportunidades que las facultades electorales son de las provincias, así que por lo tanto estamos esperando el fallo confiados. Al pueblo no hay que tenerle miedo y son los rionegrinos los que deciden por sí o por no”, había dicho el gobernador en las últimas horas.

En el caso del riojano, una enmienda a la Constitución provincial aprobada en una consulta popular efectuada a fines de enero último, permitió que el actual mandatario oficializara su postulación para ser gobernador por tercera vez.

En ese momento, la Unión Cívica Radical del distrito se opuso señalando que en el artículo 120 de la Constitución local se establece que el gobernador y vice “podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”, pero “si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período”.

Así las cosas, la Corte hizo lugar a la acción de amparo iniciada por el radicalismo y el PRO de La Rioja, declarando la invalidez de la enmienda a los artículos 120 y 171 de la Constitución de esa provincia.

En su voto conjunto, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti señalaron que el procedimiento seguido para promover la enmienda no ha respetado el texto que la propia Constitución provincial establece, ya que no cumple sus exigencias respecto a la oportunidad en que debía realizarse la consulta popular, ni las mayorías necesarias para la ratificación de la modificación constitucional.

“La historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar –en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”, completó el fallo. (ANDigital)

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