sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº3682

Municipios | 4 dic 2020

Casas, edificios y barrios privados

La Plata: Severas multas para quienes organicen reuniones masivas en viviendas particulares

El objetivo es contrarrestar la generación de las juntadas y eventos que no cuentan con autorización y que ponen en riesgo a la población por realizarse sin las medidas sanitarias ni de seguridad correspondientes. Se ampliará el horario de atención de los bares y restaurantes habilitados,


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) El intendente de La Plata, Julio Garro, dispuso una serie de medidas para contrarrestar el fenómeno de las juntadas multitudinarias que se organizan en viviendas particulares y espacios comunes de edificios.

En ese sentido, se ampliará el horario de atención de los bares y restaurantes habilitados, al tiempo que se subirá a un millón de pesos las multas para quienes organicen eventos masivos que violen las normas dispuestas en el marco de la pandemia de COVID-19.

Con diversas disposiciones, la comuna buscará contrarrestar la generación de las juntadas y eventos que no cuentan con autorización y que ponen en riesgo a la población por realizarse sin las medidas sanitarias ni de seguridad correspondientes.

En ese sentido, se informó que se ampliará hasta las 3.30 horas el horario de atención de los bares y restaurantes habilitados, los cuales deberán contar con todas las medidas de seguridad dispuestas.

“Con esta disposición buscamos ampliar los horarios de atención para que los jóvenes y adultos que quieran salir puedan concurrir a lugares que tengan todas las medidas de seguridad y sanitarias correspondientes”, se explicó.

Al respecto, desde la comuna advirtieron que “con la llegada de la primavera y la baja de los contagios, notamos un incremento de juntadas y eventos que se organizan en viviendas particulares o espacios comunes de edificios o barrios cerrados. Entendemos las ganas de los jóvenes de reunirse y reencontrarse, pero debemos comprender la importancia de seguir cuidándonos para evitar situaciones de contagio”.

En este sentido, Garro reflexionó: “creemos que la responsabilidad del cuidado empieza en casa. Por eso apelamos a que los padres les expliquen a sus hijos sobre los riesgos que tiene asistir a una fiesta clandestina. Las juntadas masivas son un riesgo”.

Para contrarrestar este tipo de actividades, Garro dispuso modifica por decreto el Artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147 y ampliar a 4 mil módulos el incumplimiento de las normas relacionadas con “la prevención de las enfermedades transmisibles y en general, la falta de desinfección o destrucción con agentes transmisores”.

De esta manera, el valor de la multa por incumplir esta normativa llegará a los 1.066.000 de pesos. Y serán pasibles de sanción no sólo quienes organicen el encuentro, sino también los propietarios del inmueble y en el caso de los edificios o barrios cerrados, todo el consorcio podrá ser alcanzado por la infracción de uno de sus inquilinos.

“Sabemos que se acercan las fiestas de fin de año y que las familias quieren reunirse para despedir el año. Por eso es importante explicar que no se busca prohibir las reuniones familiares sino aquellas que por su carácter de masividad tienen un alto riesgo de contagio”, se aclaró.

En relación a los topes dispuestos para las juntadas ilegales, desde el Municipio se explicó que actualmente están permitidas por el Gobierno nacional y provincial las reuniones sociales de hasta 10 personas y que las mismas sean al aire libre o en ambientes bien ventilados.

“En caso de que se modifiquen las disposiciones nacionales o provinciales, se modificarán las normas dispuestas a nivel municipal. Pero mientras eso no pase, seremos implacables con las sanciones hacia quienes violen las normativas dispuestas y pongan en riesgo a la ciudadanía”, completaron desde calle 12.

Por otra parte, desde el Municipio se precisó que las multas para quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas, las cuales se encuentran prohibidas, podrán ser sancionados con una infracción de hasta 2.132.000 pesos, de acuerdo al artículo 104 del Código Contravencional. (ANDigital)

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